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Santiago de Querétaro, Qro., a 1 de Febrero de 2012. En la Comisión de
Administración y Procuración de Justicia, fue aprobado con modificaciones
el Dictamen de la “Iniciativa de Ley que adiciona el articulo 183 Quáter al
Código Penal para el Estado de Querétaro”, presentada por el Diputado José Luis
Aguilera Rico.
La iniciativa establece medidas
más severas para aquellos delincuentes que roben en bodegas, edificios, locales
comerciales o cuartos destinados para ejercer el comercio lícito, comprendiendo
no sólo los que estén fijos en la tierra, sino también los móviles. En sesión de trabajo de dicha Comisión
que preside el Diputado Luis Antonio Macías Trejo e integran los legisladores
Fabian Pineda Morales y Marcos Aguilar Vega, fue aprobado el Dictamen, donde se
adiciona el artículo 183 Quáter al Código Penal para el Estado de Querétaro,
para quedar de la siguiente forma:
“Se sancionará con pena de seis meses a quince años de
prisión y de 100 a 750 días multa, si el robo
se realiza en bodega, edificio, local comercial o cuarto que estén
destinados para ejercer el comercio, comprendiéndose en esta denominación no
sólo los que estén fijos en la tierra, sino también los móviles, sea cual fuere
la materia de la que estén construidos”. El Dictamen fue aprobado con modificaciones al
presentado originalmente a la Comisión, el cual difiere por la penalidad a este
ilícito que eran de tres a quince años.
La Ley adiciona este artículo 183 quáter al Código Penal para el Estado de
Querétaro y reforma la fracción VII del artículo 121 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro.
En los considerandos de dicho
dictamen se plantea que dada la trascendencia que
conlleva el comercio en las sociedades, es de vital importancia proteger a los
que se dedican a esa actividad, considerando que dicha ocupación permite
generar ingresos para quienes hacen de ésta su actividad primordial, siempre en
busca de una mejor calidad de vida, tanto para ellos como para sus familias,
aportando al propio tiempo, al mejoramiento de la economía y a la creación de
fuentes de empleo. Se argumenta que si bien es cierto, nuestro estado es una de las
entidades federativas más seguras del País, el delito de robo a comercio se ha
incrementado, esto de acuerdo a los datos emitidos por la Cámara Nacional de
Comercio en Pequeño (CANACOPE), al precisar que el incremento de este delito
fue de 25% en el año 2011, particularmente en los municipios de Querétaro y
Corregidora. Dicho aumento indica que la conducta delictiva en cita, en
promedio, se comete 60 veces al mes, es decir, 20 robos mensuales más, en
comparación con el año 2010, lo que afecta a los 26,500 afiliados a la mencionada
organización.
Se precisa que aún
cuando los comerciantes han tomado medidas tendientes a la protección de sus
bienes, instalando circuitos cerrados, entre otras, esto no ha sido suficiente
para que los delincuentes
se abstengan de cometer el robo en sus comercios.
Es por ello, se argumenta en
el Dictamen, que es necesario adicionar el artículo 183 Quáter, a efecto de que
se establezcan medidas más severas para aquellos delincuentes que roben en
bodegas, edificios, locales comerciales o cuartos destinados para ejercer el
comercio lícito, comprendiendo no sólo los que estén fijos en la tierra, sino
también los móviles.
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