Santiago de Querétaro, Qro., 
Aprueban en Comisión Dictamen de Iniciativa que establece medidas más severas a robos de comercios PDF Imprimir Correo electrónico
Miércoles 01 de Febrero de 2012 17:35

Santiago de Querétaro, Qro., a 1 de Febrero de 2012. En la Comisión de Administración y Procuración de Justicia,  fue aprobado con modificaciones el Dictamen de la “Iniciativa de Ley que adiciona el articulo 183 Quáter al Código Penal para el Estado de Querétaro”, presentada por el Diputado José Luis Aguilera Rico.

La iniciativa establece medidas más severas para aquellos delincuentes que roben en bodegas, edificios, locales comerciales o cuartos destinados para ejercer el comercio lícito, comprendiendo no sólo los que estén fijos en la tierra, sino también los móviles.

En sesión de trabajo de dicha Comisión que preside el Diputado Luis Antonio Macías Trejo e integran los legisladores Fabian Pineda Morales y Marcos Aguilar Vega, fue aprobado el Dictamen, donde se adiciona el artículo 183 Quáter al Código Penal para el Estado de Querétaro, para quedar de la siguiente forma:

“Se sancionará con pena de seis meses a quince años de prisión y de 100 a 750 días multa,  si el robo se realiza en bodega, edificio, local comercial o cuarto que estén destinados para ejercer el comercio, comprendiéndose en esta denominación no sólo los que estén fijos en la tierra, sino también los móviles, sea cual fuere la materia de la que estén construidos”.

El Dictamen fue aprobado con modificaciones al presentado originalmente a la Comisión, el cual difiere por la penalidad a este ilícito que eran de tres a quince años.  

La Ley adiciona este artículo 183 quáter al Código Penal para el Estado de Querétaro y reforma la fracción VII del artículo 121 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro.

En los considerandos de dicho dictamen se plantea que dada la trascendencia que conlleva el comercio en las sociedades, es de vital importancia proteger a los que se dedican a esa actividad, considerando que dicha ocupación permite generar ingresos para quienes hacen de ésta su actividad primordial, siempre en busca de una mejor calidad de vida, tanto para ellos como para sus familias, aportando al propio tiempo, al mejoramiento de la economía y a la creación de fuentes de empleo.

Se argumenta que si bien es cierto, nuestro estado es una de las entidades federativas más seguras del País, el delito de robo a comercio se ha incrementado, esto de acuerdo a los datos emitidos por la Cámara Nacional de Comercio en Pequeño (CANACOPE), al precisar que el incremento de este delito fue de 25% en el año 2011, particularmente en los municipios de Querétaro y Corregidora. Dicho aumento indica que la conducta delictiva en cita, en promedio, se comete 60 veces al mes, es decir, 20 robos mensuales más, en comparación con el año 2010, lo que afecta a los 26,500 afiliados a la mencionada organización.

Se precisa que aún cuando los comerciantes han tomado medidas tendientes a la protección de sus bienes, instalando circuitos cerrados, entre otras, esto no ha sido suficiente para que los delincuentes se abstengan de cometer el robo en sus comercios.

Es por ello, se argumenta en el Dictamen, que es necesario adicionar el artículo 183 Quáter, a efecto de que se establezcan medidas más severas para aquellos delincuentes que roben en bodegas, edificios, locales comerciales o cuartos destinados para ejercer el comercio lícito, comprendiendo no sólo los que estén fijos en la tierra, sino también los móviles.

 

 

 

 

 
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