Santiago de Querétaro, Qro., 
Analiza comisión penas más severas para quienes conduzcan en estado de ebriedad o bajo el influjo de cualquier sustancia tóxica PDF Imprimir Correo electrónico
Martes 05 de Abril de 2011 12:15

Santiago de Querétaro, Qro., 5 de abril de 2011.- En sesión de la Comisión de Tránsito Vialidad y Autotransporte Público de la LVI Legislatura, su presidente, Diputado Marcos Aguilar Vega, hizo entrega del proyecto de dictamen que reforma la Ley de Tránsito del Estado de Querétaro para su estudio y en su caso aportaciones u observaciones de los integrantes de la comisión legislativa.

 

Esta iniciativa de ley fue presentada por el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Adolfo Ortega Osorio, con el objetivo de aprobar sanciones más severas a quienes conduzcan bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, drogas, enervantes u otras sustancias tóxicas, y así prevenir que estas prácticas se presenten en el estado, evitando con ello la pérdida de vidas humanas y beneficiando de esta forma a las familias queretanas.

 

Ya que conducir bajo los efectos de este tipo de sustancias, merma las capacidades de cualquier individuo para tener una respuesta pronta ante las diferentes circunstancias que puedan presentarse durante la conducción de un vehículo automotor.

 

En este proyecto de dictamen se contemplan tres sanciones administrativas para aquellas personas que conduzcan bajo los efectos del alcohol o de otro tipo de sustancias tóxicas que puedan afectar su estado de salud para conducir, mediante acciones más estrictas.

 

Hoy la sanción que corresponde a una persona que se encuentra en este supuesto es de 1 a 30 días de salario mínimo, lo cual implica 1 mil 641 pesos; la propuesta presentada en este proyecto es incrementar de 1 a 3 sanciones, como lo marca la Constitución, es decir, que vaya de 1 a 200 salarios mínimos, lo cual corresponde en el estado a  casi a 11 mil pesos de multa; otra sanción que se contempla es el arresto por 36 horas; o la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, en un término no menor a 200 horas en un lapso no mayor a 6 meses.

 

Así mismo se contempla que este tipo de infractores no sean receptores del beneficio del 50% que corresponde en términos generales a cualquier persona que paga dentro de los cinco días posteriores al día que se cometió la infracción, es decir, no habrá capacidad de negociación para quien conduzca bajo el influjo del alcohol o haya utilizado cualquier tipo de estupefacientes.

 

 
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