|
Santiago de Querétaro, Querétaro, 26 de Enero
de 2012. Aprueban diputados:
- Que ambos padres tengan
la custodia legal y física de sus hijos en caso de divorcio
- Y que los órganos de control interno dependan
de los Ayuntamientos, para lograr independencia y autonomía en sus actuaciones.
Dictamen de la Iniciativa de Ley
que reforma y adiciona el artículo 19, y adiciona el Capítulo Décimo Quinto al
Título Segundo de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
Dictaminó: Comisión de Gobernación, Administración Pública y
Asuntos Electorales.
Resolutivo: Se rechaza
esta iniciativa, al considerar innecesaria la creación de una Secretaría de
Desarrollo Social en Querétaro, en razón de que su sistema jurídico de
planeación, prevé de manera completa y adecuada, la instancia del Ejecutivo,
que con la participación de la sociedad civil, integra el Sistema Estatal de
Desarrollo Social.
Trámite: Se aprobó en
sentido de rechazo con 14 votos a favor y 8 en contra.
Adriana Cruz Domínguez lamentó profundamente
que en el rechazo de su propuesta, Querétaro pierda la oportunidad de dar un
impulso definitivo al desarrollo social. Dijo que la iniciativa que presentó
junto con su grupo legislativo, buscaba sólo el bienestar de los queretanos,
mediante la creación de la Secretaría de Desarrollo Social; dijo también que
con ella no pretendían aumentar la burocracia, sino mejorar la eficiencia y
transparencia de todos los programas sociales. Consideró que el argumento
manifestado para su rechazo es insuficiente e irrazonable, máxime cuando es
innegable que se requiere una instancia que se coordine de manera eficiente con
la Sedesol federal para operar los programas que ayuden a mejorar la calidad de
vida de los ciudadanos y superar las condiciones de pobreza, que en 2010
--según datos del Consejo Nacional
de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL)--
afectaba todavía al 41.4% de la población del estado.
Bernardo
Ramírez expuso que luego de analizar la iniciativa se consideró innecesaria la
creación de una Secretaría de Desarrollo social en Querétaro, pues su sistema
jurídico de planeación ya prevé de manera completa y adecuada, las acciones y
programas en la materia. Detalló que en concordancia con el Plan Estatal de
Desarrollo y en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo
Social, el titular del Ejecutivo del Estado en febrero de 2010 expidió el
Programa Soluciones, con la finalidad de atender a los grupos más desfavorecidos
de la población, “emitiéndose en el marco de una política social integral, que
promueve el bienestar general de las familias que viven en condiciones de
pobreza, rezago social y marginación y desarrollando acciones intersectoriales
que apoyen la educación, la salud y la vivienda”. Mencionó también que este
programa es el medio para coordinar, concertar y orientar –entre otros-, la
actividad social al aprovechamiento de los recursos y potencialidades de la
entidad, al logro de mejores niveles de calidad de vida, atendiendo a la
consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, económicos y
culturales, contenidos en la Constitución
Política del Estado de Querétaro.
Por su parte, los diputados Gerardo Cuanalo
Santos y Micaela Rubio Méndez coincidieron en señalar que únicamente 4
entidades del país no cuentan con Secretaría de Desarrollo Social y sólo 3 no
tienen ni dicha Secretaría, ni tampoco Ley Estatal de Desarrollo Social, y que
lamentablemente Querétaro es uno de esos tres estados que tienen atraso en el
marco jurídico que regula el desarrollo social. Dijeron que esta iniciativa
significaba no solamente la oportunidad de fortalecer institucionalmente el
combate a la pobreza, sino la posibilidad de ejercer controles reales que
guiaran el desarrollo de la política social, además de regular las atribuciones
del Poder Ejecutivo a este respecto, y establecer los derechos y obligaciones
de los beneficiarios de los programas en la materia, así como el diseño de
mecanismos de evaluación y seguimiento sobre el uso adecuado de los recursos,
con reglas de operación precisas para evitar la discrecionalidad en la entrega
de apoyos. Finalmente consideraron que no se puede aspirar a un pleno
desarrollo social, si se minimizan las necesidades de los más pobres.
Dictamen de la Iniciativa de Ley
que reforma el artículo 25 fracción XIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
del Estado de Querétaro, y adiciona la fracción XV del artículo 11 de la Ley de
Educación del Estado de Querétaro.
Dictaminó: Comisión de Gobernación, Administración Pública y
Asuntos Electorales.
Propósito: Que dentro de las competencias de la Secretaría de
Desarrollo Sustentable se establezca el vigilar el cumplimiento y la aplicación
de normas en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y
protección del medio ambiente para el desarrollo sustentable, así como que en
la Ley de Educación del Estado de Querétaro, se
contemple fomentar
el desarrollo de escuelas sustentables en sus niveles básico, medio y superior.
Trámite: Se aprobó con
21 votos a favor.
En la
discusión de este asunto, el Diputado Bernardo Ramírez Cuevas se pronunció a
favor de la propuesta de crear escuelas sustentables, ya que éstas y los
maestros juegan un papel muy importante en el cambio que se pretende llevar a
cabo, “a través de la educación podemos enseñar a las nuevas generaciones a
vivir de una forma que ayude a proteger el medio ambiente y crear una nueva
cultura entre los jóvenes y mostrarles la importancia de que se interesen en su
entorno”.
Por su
parte, la Diputada Blanca Pérez Buenrostro destacó que el objeto de las
escuelas sustentables es el proporcionar un ambiente saludable a la comunidad
que se encuentre dentro de sus instalaciones, basándose en el respeto por la
naturaleza y acciones en beneficio del medio ambiente, adquiriendo conciencia y
habilidades para su conservación.
El
Diputado Fabián Pineda Morales manifestó que tanto la Constitución federal como
la local, establecen que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado
para su desarrollo, sin embargo hoy en día la humanidad está sufriendo los
efectos negativos del desequilibrio ecológico, como resultado de los altos
niveles de contaminación y el agotamiento de los recursos naturales, razón por
la cual consideró importante la creación de las escuelas sustentables, para
enseñar a los ciudadanos desde temprana edad, a reciclar, ahorrar agua y
energía, así como participar de manera responsable y eficaz en la prevención y
solución de los problemas ambientales.
El Diputado
Antonio Cabrera Pérez también se pronunció a favor de la propuesta, ya que
–dijo- la indiscriminada explotación de los recursos naturales nos ha llevado a
comprometer el presente y futuro de las próximas generaciones. Consideró que el
cuidado y respeto del medio ambiente en equilibrio con el desarrollo del ser
humano, es algo posible y que requiere permear en la sociedad, siendo el hogar
y la escuela lugares idóneos para la adecuada formación de los individuos,
fomentando en ellos una conciencia ecológica que permita una mejor calidad de
vida para todos.
La
Diputada Adriana Cruz Domínguez consideró que se da un paso importante al
contemplar en nuestra legislación, la creación de escuelas sustentables, para
crear un esquema de convivencia y aprendizaje más acorde con la realidad y el
alarmante deterioro del medio ambiente, adoptando medidas que lo reviertan y
fomenten en todos los espacios de la vida pública, una mejor convivencia humana
y respeto a los recursos naturales.
El
Diputado Pablo Ademir Castellanos Ramírez igualmente se manifestó a favor del
dictamen, pues considera que la educación básica es la etapa idónea de
formación para inculcar valores en los estudiantes, que coadyuven a
redireccionar la armonía entre las personas y el medio ambiente. Habló de la
necesidad de idear los mecanismos pertinentes para lograr un equilibrio
ecológico y sustentabilidad real en la entidad.
Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro
y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de
Querétaro.
Presentó: Comisión
de Asuntos Municipales y del Migrante
Propósito: En la Constitución Política Federal, se
establecen las bases generales que aseguran una auténtica autonomía municipal,
por lo cual es necesario instituir las bases generales del ordenamiento
jurídico que rija a los municipios; además de que todas
las decisiones y acciones del servidor público deben estar dirigidas a la
satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad. El rendir cuentas
significa que el servidor público asume plenamente ante la sociedad, la
responsabilidad de desempeñar sus funciones en forma adecuada y sujetarse a la
evaluación de la misma, por lo que es conveniente ajustar el orden normativo a
fin de asegurar la imparcialidad de las decisiones y actuaciones de los órganos
internos de control, plasmándolo dentro de la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado para que así, los órganos de control interno dependan
del Ayuntamiento, buscando con ello, la independencia y autonomía en sus
actuaciones. Este dictamen propone que autoridades competentes para
aplicar esta ley sean las dependencias o unidades administrativas que mediante
ley o reglamento, actúen como órgano interno de control, y dependan sin
excepción del Ayuntamiento que corresponda a cada municipio y cuenten con
autonomía técnica a fin de asegurar la independencia e imparcialidad de sus
actuaciones. Los titulares de los órganos internos de control ejercerán de
manera exclusiva el cargo, por lo que no podrán ser comisionados para realizar
otras actividades de la entidad gubernamental de su adscripción.
Trámite: Se aprobó con 23 votos
Los Diputados Adriana Cruz Domínguez, J. Belem Junco
Márquez, Marcos Aguilar Vega coincidieron en que las iniciativas que busquen
incrementar la transparencia y la actuación responsable de los servidores
públicos merecen máxima atención, pues de ello depende el poder recuperar la
confianza de la ciudadanía además de buscar dotar de autonomía a los órganos de
control y es razonable que éstos dependan del ayuntamiento ya que facilita su
independencia. El marco de la transparencia implica abatir la corrupción,
transparentar el manejo de los recursos humanos y materiales así como
salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y
eficiencia que deben observar en el empleo, cargo o comisión de los servidores
públicos. Además de que el municipio de Querétaro es un pionero en la
materia pues dio vida jurídica al Tribunal de Responsabilidades Administrativas
como órgano desconcentrado del ayuntamiento con las atribuciones y la autonomía
técnica para aplicar la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y
determinar las sanciones correspondientes en el ámbito de su competencia
colocando al estado a la vanguardia nacional en la materia.
Los Diputados Joaquín Cárdenas Gómez, Blanca Pérez
Buenrostro, Luis Antonio Macías Trejo consideraron de gran relevancia el
fortalecimiento del marco legal en el que se desarrollan las actividades de los
servidores a nivel municipal debido a que éste es el primer espacio de
cercanía entre el gobierno y la población. Esta iniciativa reafirma que todas
las decisiones y acciones del servidor Público deberán de estar dirigidas a la
satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de
intereses particulares, y esta iniciativa servirá para ajustar el orden
normativo a fin de asegurar la imparcialidad de las decisiones y actuaciones de
los órganos de control internos. Con esta medida se trata de optimizar al
máximo los recursos existentes en el conjunto de la administración Pública
municipal, intentando coordinarlos en torno a los objetivos generales comunes,
sin perjuicio del más escrupuloso respeto a su plena autonomía
Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma los artículos 261 fracción V,
447, 448 y 449 del Código Civil para el Estado de Querétaro.
Presentó: Comisión
de la Familia.
Propósito: La custodia
compartida se define como aquella en la que ambos padres tienen la custodia
legal y física de sus hijos en caso de divorcio, por lo que esta reforma
consiste en poner a los hijos bajo la custodia de la persona que de común
acuerdo hubieren designado los cónyuges, pudiendo ser uno de ellos o ambos. Si
existe peligro para el normal desarrollo de los hijos, deberán quedar
provisionalmente al cuidado del cónyuge que no represente riesgo para el
infante, debiendo el juez resolver al respecto, considerando y ponderando el
deseo que al efecto exprese el menor y la opinión del Ministerio Público, de
acuerdo a su grado de madurez y previa valoración. Cuando el padre y la madre
que no vivan juntos reconozcan al hijo en el mismo acto, convendrán cuál de los
dos ejercerá sobre él la custodia, pudiendo ejercerla de manera
compartida; y en caso de que no lo hicieren, el juez competente, oyendo a
los padres, al menor y
al Ministerio Público, resolverá lo que creyere más conveniente a los intereses
del niño. El Juez podrá ordenar, la práctica de
estudios psicológicos, de entorno socioeconómico y demás estudios que considere
convenientes para determinar sobre la custodia del menor. Así mismo,
todo menor tiene derecho a vivir con ambos padres, pero cuando no cohabiten
entre sí o estén divorciados, éstos establecerán las bases de la custodia, que
será preferentemente compartida, conservando el
derecho de mantener el contacto y visita regular con aquellos. En caso de que alguno de los progenitores
represente peligro para el sano desarrollo del menor, decidirá la autoridad
judicial y sólo cuando el menor sea objeto de maltrato, descuido, perversión o
abuso por parte de sus padres o tutores, el juez podrá ordenar la custodia
provisional en los lugares donde el interés superior del menor reporte mayor
garantía.
Trámite: Se
aprobó con 24 votos.
Los Diputados
Pablo Ademir Castellanos, Salvador Martínez Ortiz, María García Pérez
consideraron importante no olvidar que la población siempre buscará mejores
condiciones de vida y un medio para lograrlo es contar con un marco jurídico
capaz de proporcionar las condiciones para la convivencia armónica, y otorgar
la custodia compartida consiste en que ambos padres tienen custodia legal y
física de sus hijos en caso de un divorcio, lo cual implica que comparten los
derechos y responsabilidades en la educación, formación, manutención y toda
actividad relacionada con la crianza de los hijos, gozando igualdad en todas
las decisiones, ya que se puede establecer que no existen argumentos jurídicos
para descalificar a un padre respecto del otro en la crianza de los hijos,
salvo aquellos promovidos por las prácticas culturales, roles y estereotipos de
género que siempre perjudicarán a alguna de las partes o incluso a todos los
miembros de la familia. La custodia de los hijos ha evolucionado de la
obligación que tenían los padres, pero ahora se puede establecer en los casos
de divorcio la custodia compartida, y proteger a los hijos para que no sean
producto de negociación.
Los Diputados
Blanca Pérez Buenrostro, Jesús Llamas Contreras, Luis Antonio Macías Trejo y
Dalia Xóchitl Garrido Rubio apoyaron esta iniciativa ya que demuestra el
interés superior en los niños en todos los asuntos en los que a ellos se
refiera, velando por su seguridad, desarrollo y bienestar, tanto en lo emocional,
físico y espiritual. Además del interés para que la estructura fundamental
funcione en armonía entre el ámbito jurídico y social y resalta los valores que
en toda familia mexicana debe prevalecer; dieron a conocer que el año pasado en
nuestro estado se daban 4 demandas de divorcio diarias, en su mayoría teniendo
como causa la situación economía y violencia familiar. La evolución que ha
tenido el concepto de custodia es que a los niños se les consideraba como una
propiedad, actualmente, es necesario preservar la estructura triangular que
toda familia conlleva y para ello debe entenderse claramente que la relación
que desaparece es la existente entre los cónyuges y se tienen que mentalizar
que la pareja se rompe, pero la labor de padres permanece todo el tiempo.
|