Santiago de Querétaro, Qro. 31 de mayo 2010.- El Diputado Gerardo Cuanalo Santos, Presidente de la Comisión de
Participación Ciudadana de la LVI Legislatura de Querétaro presentó en rueda de
prensa, la Iniciativa de Ley que tipifica como delito el uso indebido de los
números de emergencia, que en el estado de Querétaro se realizan a través de la
línea telefónica 066, con la finalidad de sancionar penalmente a quienes
incurran en este tipo de conductas y con la que pretende disminuir las llamadas
falsas.
El legislador propone reformar el Título Segundo de la Sección Tercera de
los Delitos contra la Sociedad y adiciona el Capítulo V de los Delitos contra
los Servicios de Emergencia del Código Penal para el Estado de Querétaro, para
quedar como sigue:
“TÍTULO SEGUNDO
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD Y EL
NORMAL FUNCIONAMIENTO DE LOS MEDIOS DE TRANSPORTE, DE LAS VÍAS DE COMUNICACIÓN
Y DE LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA.
CAPÍTULO V
DELITOS CONTRA LOS SERVICIOS DE
EMERGENCIA
ART 229 TERCERO.- Al que realice una
llamada de emergencia o permita utilizar su teléfono, a sabiendas de que es una
llamada para dar un aviso falso de alerta con el objeto de inducir al error y
éste provoque la movilización o presencia de los servicios de emergencia, se le
impondrá prisión de dos meses a dos años, y de diez a cien días multa.
Si a consecuencia de la conducta se provocan daños o lesiones, se impondrá
prisión de tres a cinco años, y trescientos días multa.Este delito se perseguirá por querella”.
Mencionó que estados como Aguascalientes, Chihuahua, Colima, Puebla y
Tamaulipas ya han tipificado este tipo de conducta como delito y que
actualmente el Reglamento de Justicia Administrativa del Municipio de Querétaro
en su artículo 16, fracción V, señala que es una infracción contra la seguridad
personal: “Solicitar con falsas alarmas, los servicios de emergencia, policía,
bomberos o establecimientos médicos o asistenciales, públicos o privados o
impedir de cualquier manera el funcionamiento de las líneas telefónicas
destinadas a los mismos”. Y se sanciona de 1 a 100 salarios mínimos
vigentes, asimismo, el Reglamento del Personal Operativo de la Secretaría de
Seguridad Pública Municipal, señala en su artículo 18, fracción VII que son
obligaciones del personal operativo: “Detener y poner a disposición de la
autoridad competente, a presuntos responsables de delito flagrante y a
presuntos infractores del Reglamento de Justicia Administrativa para el
Municipio de Querétaro”.
El Diputado Cuanalo Santos, resaltó la importancia de rescatar esta
iniciativa, ya que disminuiría las “llamadas improcedentes” y se contaría con una
mayor disponibilidad por parte de los servicios de emergencia, pues destacó que
el mal uso de los números de emergencia se refleja en la pérdida de recursos
financieros y humanos, pues al atender las falsas alarmas, se pierde tiempo de
ejecución en las llamadas que realmente son de emergencia para la sociedad.
Precisó que el uso indebido de las líneas de emergencia es un asunto de
carácter estatal y nacional; pues entre el 65 y 80 por ciento de las llamadas
que se reciben en las diversas dependencias gubernamentales son calificadas
como “improcedentes”, entre las que se encuentran: el simple hecho de marcar y
colgar, faltas de respeto hacia los operadores y las mentiras sobre diversos
acontecimientos; siendo estas últimas, las que más provocan el movimiento de
los cuerpos de emergencia y seguridad pública. Dijo que en el 2009 se
presentaron 5 llamadas de alerta por bomba y en el 2010 se han efectuado 7
reportes.
El 75 por ciento de las “llamadas improcedentes” –dijo el Diputado, son
realizadas por menores de edad, y los municipios de Querétaro, San Juan del Río
y Corregidora son los que tienen mayor incidencia ya que durante el 2009, se
presentaron en la capital del estado, un millón 15 mil 436 llamadas de las
cuales, 796 mil 564 resultaron ser improcedentes; es decir, el 78 por ciento,
fueron falsas. Explicó que a estas personas los regula la Ley para la
Impartición de Justicia para Adolescentes del Estado de Querétaro la cual
indica que los menores de 12 años recibirán un procedimiento de rehabilitación
y asistencia privada que será brindada por parte de la Procuraduría de la
Defensa del Menor y la Familia, quien les dará el tratamiento adecuado a su
edad.
Por otra parte, a los mayores de 12 años y menores de 18 se les aplica un
procedimiento alternativo denominado “conciliación” consistente en un acuerdo
de voluntades, entre el menor y el ofendido, que debe ser aprobado por la
autoridad; pues se considera como delito no grave.
Asimismo, hizo un llamado a los padres de familia para fomentar entre sus
hijos una cultura de la responsabilidad y respeto a los cuerpos de emergencia,
para que éstos tengan capacidad de acudir a los llamados reales de urgencia.
Al responder a los cuestionamientos de los reporteros, el
Diputado Gerardo Cuanalo Santos, dijo que la Iniciativa de Ley que tipifica como delito el uso indebido de los números
de emergencia se presentó este día ante la Oficialía de Partes de la LVI
Legislatura y destacó que los cuerpos policíacos tienen los instrumentos
tecnológicos suficientes para detectar el registro de los números telefónicos
donde se realiza la llamada falsa y con los datos interponer la denuncia penal
correspondiente.